Precisiones sobre la revisión de la paritaria mercantil
La CAC informa que fue homologado en su totalidad el acuerdo suscripto, que incluye lo pactado desde abril. Se adjuntan actas y homologación.
Con fecha 6 de agosto, se homologó el acuerdo paritario para los empleados mercantiles, aplicable en el marco del CCT 130/75. Dicha homologación refiere a lo pactado para los meses desde abril de 2025 a diciembre de 2025, inclusive.
El 29 de abril, las partes habían pactado un incremento salarial de 5,4% para el trimestre abril-junio (1,9% abril, 1,8% mayo y 1,7% junio), que vio demorada su homologación.
Seguidamente, el 26 de junio las instituciones intervinientes en la negociación acordaron un incremento salarial de 6%, a liquidarse a razón de 1% por mes (julio-diciembre) hasta fines del 2025.
En dicha ocasión, también se resolvió otorgar una suma fija no remunerativa de $40.000 a abonarse en cada uno de los meses del segundo semestre y que se extingue con el pago mensual de cada una de ellas con excepción de los últimos $40.000 -correspondientes al mes de diciembre de 2025- los cuales se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de enero de 2026. Vale decir también que, para el segundo trimestre, se había pactado sumas de $35.000 para abril, $40.000 para mayo y $40.000 para junio. Todos estos pagos no son acumulativos.
Compromiso de revisión en noviembre de 2025
Cabe mencionar que el entendimiento aludido ya se encuentra homologado -en su totalidad- mediante la Disposición N°1784/2025 de la Secretaria de Trabajo, Empleo y Seguridad, del Ministerio de Capital Humano.
Por último, se acordó la implementación inmediata de la nueva alícuota del aporte empleador al sistema de retiro complementario “La Estrella”, reduciéndose del 2,5% al 1,6% desde el mes de julio de 2025.
Se adjuntan acta, acta complementaria y homologación.
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