Paritaria de Comercio: se homologó el acuerdo de la última revisión salarial
Se adjunta la homologación del acuerdo de la última revisión de la paritaria 2023 para todos los trabajadores convencionados dentro del CCT 130/75, con vigencia hasta el mes de marzo del año 2024.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que, mediante la Resolución ST Nro. 2198/23, se homologó el acuerdo de revisión de la paritaria firmado el 26 de octubre, del que resultó un incremento salarial en tres tramos.
Vale recordar que se acordó recomponer la base de cálculo estableciendo para octubre un aumento tomando los nuevos básicos conformados de octubre incrementados en un 9% remunerativo, y sobre el resultante aplicar un 38% para el trimestre octubre-diciembre a abonarse de la siguiente manera: 11% desde octubre, 13,5% desde noviembre y 13,5% desde diciembre, no remunerativo y no acumulativo. Todos estos incrementos toman como base de cálculo las nuevas remuneraciones básicas de octubre de 2023. Los montos no remunerativos mencionados se incorporarán a las escalas del mes de enero de 2024, por su valor nominal.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de octubre de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2024 para analizarlas variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Cabe destacar que la presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión durante el mes de octubre –a iniciativa de cualquiera de las partes– para analizar lo pactado en el acuerdo del pasado 24 de julio ante las variaciones económicas registradas desde entonces, previsto en la cláusula 5ª del mencionado entendimiento.
Se adjunta Acuerdo de Revisión (CCT 130/75), planillas y su correspondiente Resolución homologatoria.