La CAC solicitó al BCRA la reglamentación de la tasa de actualización de los créditos laborales
La Entidad envió una nota a Miguel Ángel Pesce pidiendo su intervención “a los fines de otorgar un marco regulatorio seguro y confiable, sin lesionar el debido proceso legal”.
En una nota cursada al titular del Banco Central de la República Argentina, Miguel Ángel Pesce, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) manifestó su preocupación en relación al criterio de actualización de los créditos laborales para los juicios en curso y sin sentencia definitiva que tramitan ante la Justicia Nacional del Trabajo.
A partir de lo normado en agosto del año 2015 por el nuevo Código Civil y Comercial, el art. 768 (Ley 26.994) establece que la tasa para calcular los intereses que el moroso adeude se determinarán: “a) por lo que acuerden las partes; b) por lo que dispongan las leyes especiales; c) en subsidio, por tasas que se fijen según las reglamentaciones del Banco Central”. Sin embargo, al no existir un criterio claro de actualización de créditos dispuesto por el BCRA, la decisión recae en la Justicia y varía de acuerdo a la jurisdicción, provocando así un marco de imprevisibilidad contable en el arco empleador en relación a los litigios laborales.
"Desde la CAC entendemos que el contexto económico y social que atraviesa nuestro país hace necesaria su intervención a los fines de otorgar un marco regulatorio seguro y confiable, sin lesionar el debido proceso legal y garantizando la tutela judicial efectiva de las partes en el proceso", destaca la nota.
De modo que, por los motivos expuestos, la Entidad solicita que “se arbitren los medios necesarios y se dicte la reglamentación conforme lo exige el art. 768 inc. c) del Código Civil y Comercial, otorgando de esa manera mayor previsibilidad y seguridad jurídica para ambas partes al momento de litigar, sin importar en qué lugar del país se trate o el criterio del tribunal asignado", concluye el documento.