Paritaria para viajantes de comercio: se firmó el nuevo acuerdo
Junto a otras entidades del sector se acordó una garantía mensual mínima de $230.000 hasta el 30 de septiembre de 2023.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) junto a otras entidades involucradas en la negociación, arribaron a un acuerdo por la paritaria 2023 del CCT 308/75 para viajantes de comercio.
Se dispuso una garantía mensual mínima de $230.000 a partir del 1º de septiembre y elevarla a $240.000 a partir del 1° de octubre, a $250.000 a partir del 1° de noviembre, a $260.000 a partir del 1° de diciembre, a $270.000 a partir del 1° de enero de 2024, y finalmente elevar la garantía mensual mínima a $ 280.000 a partir del 1° de febrero de 2024. Asimismo, se estableció que dicha garantía se incrementará en 1% por cada año de antigüedad en el empleo hasta los 25 años y, desde los 25 años de antigüedad en adelante, el adicional se elevará a 1,5% por año. Cabe mencionar que la garantía mínima mensual se aplicará cuando la retribución total del trabajador, excluidos los viáticos o reintegro de gastos -sean o no remunerativos- y las sumas fijas, no alcance dicha suma en el periodo considerado.
El acuerdo firmado tiene vigencia entre el 1° de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024. Asimismo, las partes acordaron volver a reunirse durante el mes de marzo de 2024 para revisar las variaciones económicas.
También se pactó elevar la suma fija remunerativa -enmarcada en el Art. 23 del CCT 308/75- a $120.000 a partir del 1° de septiembre. La misma será abonada en seis pagos iguales de $20.000 cada uno, el primero de ellos el 1° de octubre, el segundo pago el 1° de noviembre, el tercer pago el 1° de diciembre, el cuarto pago el 1° de enero de 2024, el quinto pago el 1° de febrero y último pago el 1° de marzo, conforme quedó fijado en la cláusula cuarta. Se recuerda que cada uno de estos pagos deberá liquidarse con las retribuciones correspondientes a cada uno de los períodos mencionados respectivamente.
Se aguarda homologación. Se adjunta acuerdo.