Grinman: “Evidenciar la excesiva carga tributaria es el primer paso para una futura reducción”
El titular de la CAC evaluó positivamente el régimen de transparencia impositiva previsto en el Paquete Fiscal y recientemente reglamentado por ARCA.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) expresa su valoración positiva del régimen de transparencia impositiva previsto en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes N° 27.743 (conocida como “Paquete fiscal”) y que recientemente fue reglamentado mediante una resolución de ARCA. Vale recordar que meses atrás la Entidad se había pronunciado a favor de la norma mencionada y de la Ley Bases, en el convencimiento de que implicaban importantes y bienvenidas reformas para el país, entre ellas la referida a la transparencia fiscal.
Ante la reglamentación de ARCA, el titular de la CAC, Natalio Mario Grinman, sostuvo: “La muy elevada presión tributaria que registra la economía nacional es una rémora para el crecimiento de las empresas, la generación de empleo y el progreso económico y social. Los argentinos hemos padecido la voracidad fiscal de numerosos gobiernos que han contado con un aliado clave: la opacidad de la carga. Me refiero a que muchos impuestos no son claramente percibidos por la ciudadanía”.
Asimismo, el presidente de la Entidad señaló: “Sirva de referencia que son numerosas –y comprensibles– las quejas de los trabajadores frente al impuesto a las Ganancias; mientras que un impuesto tan relevante como el IVA, que a menudo tiene un impacto muchísimo mayor que aquel en la economía familiar, muchas veces ‘pasa por debajo del radar’ de los consumidores finales. Este tributo no lo detectan y frecuentemente cargan las tintas contra los comerciantes por precios que consideran excesivamente elevados, cuando en realidad, en buena medida, el comercio, más que de vendedor de un producto, oficia de una suerte de delegación de las agencias recaudatorias de los distintos niveles del Estado”.
“Clarificar una situación es un avance para luego corregirla; evidenciar la excesiva carga tributaria es el primer paso para una futura reducción. No aspiramos a que la presión impositiva baje sustancialmente de un día para otro; eso colisionaría con el equilibrio en las cuentas públicas logrado por la actual administración y que es imprescindible conservar. Pero sí ayudará para que poco a poco, cuando las circunstancias lo hagan posible, el peso de los impuestos se reduzca, beneficiando al país en su conjunto”, consideró Grinman.
“Es importante que desde el Estado se brinde a las empresas el apoyo y los plazos necesarios para la implementación del nuevo régimen. Nosotros desde la CAC, como entidad gremial empresaria, estamos en contacto con las autoridades de la Agencia y nos ponemos a total disposición para colaborar en lo que esté a nuestro alcance para el éxito del esquema”, cerró el titular de la CAC.
Sobre la normativa
Con el objetivo de que exista una mayor transparencia, la normativa, reglamentada mediante la Resolución General 5614/2024, dispone que el proveedor deba suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización. De modo que la emisión de comprobantes de ventas deberá incorporar la obligación de detallar el importe discriminado del impuesto al valor agregado y de los demás impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios de las ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios, así como también se deberá discriminar tributos en las demás cargas impositivas nacionales indirectas que tienen incidencia en la formación de los precios.
Además, la norma dispuso complementar y/o modificar normas sobre régimen de información y registración de comprobantes, uso de “Controladores Fiscales” y del régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
A continuación, se brindan mayores detalles sobre la Resolución General publicada:
- El IVA y las demás tasas nacionales indirectas que tienen incidencia en la formación de los precios de las ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios deberán encontrarse discriminados en los comprobantes emitidos.
- La implementación del “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor” se realizará de manera gradual y escalonada por segmentación de contribuyentes, conforme se indica a continuación:
- A partir del 1° de enero de 2025, las “empresas grandes” deberán discriminar los aranceles al valor agregado e internos. A tales fines, los canones internos deberán reflejarse en el campo “Otros Impuestos Nacionales Indirectos”.
- El resto de los contribuyentes alcanzados por el presente régimen en atención a los plazos que puedan demandar las adecuaciones de los diferentes sistemas de emisión de comprobantes podrán excluir el impuesto al valor agregado desde el 1° de enero de 2025, siendo obligatorio su cumplimiento a partir del 1 de abril del citado año.
Por último, los comprobantes que generen los aludidos contribuyentes a través del servicio “Comprobantes en línea” o de la aplicación “Facturador Móvil”, a partir del 1° de enero de 2025 contendrán discriminado el mencionado impuesto.