A pedido de la CAC, se prorrogó la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales
La medida, que la Cámara había solicitado oportunamente mediante una nota dirigida a la titular de AFIP, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que, tras su solicitud, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 5532/2024, prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024 los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para el cobro de deudas tributarias, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros, multas, intereses y otros conceptos a cargo del ente recaudador.
La Entidad había hecho el pedido mediante una nota cursada el pasado 1° de julio a la titular de la AFIP, Florencia Misrahi, en donde instaba a que se prorrogara la Resolución General N° 5482/2024 debido a la situación económica que está atravesando el país y al prolongado tiempo que demandó la sanción por el Congreso de la Nación del Régimen de regularización de obligaciones tributarias.
Vale destacar que la medida alcanza a los siguientes segmentos de empresas:
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME” vigente al 24 de julio de 2024, y que cuenten con la caracterización correspondiente en el “Sistema Registral”.
- Pequeños contribuyentes: entendiéndose por tales a las personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547 - Pequeño Contribuyente”.
- Entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante la AFIP al 24 de julio de 2024.
- Contribuyentes pertenecientes al sector de salud.