El referido sistema se ajusta a los dispuesto por el Decreto Nº 1169/96, reglamentario de la Ley Nº 24.635.
Antes, los reclamos laborales tenían una primera instancia obligatoria ante el SECLO. Con la creación de este Servicios, el sector de comercio y servicios cuenta con un sistema especializado de resolución de controversias. Este sistema proporciona a las partes una vía alternativa para la solución de los conflictos laborales, económica en tiempo y costos, con la ventaja de reunir en el mismo contexto a trabajador y empleador. Las presentaciones son voluntarias y no obligatorias y exclusivas para el sector del comercio y los servicios para lo cual el SECOSE cuenta con el asesoramiento de profesionales especializados en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empleados de Comercio y Servicios. Los acuerdos a los que se arribe son homologados por el Ministerio de Trabajo, adquiriendo de este modo la misma validez que los suscriptos actualmente en el SECLO.
El SECOSE funciona en las oficinas sitas en Rivadavia 1447, 1º Piso, Capital Federal, en el horario de 8:30 a 18:30 hs. y las consultas telefónicas se podrán efectuar al 4382-3154.
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